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SPFE-RECTIFICATIVA
erroravisonota
Una factura rectificativa (384 o 471) no dice qué rectifica, o lo dice mal. La orden publicada en el BOE el 05-10-2026 lo pide en documentos justificativos adicionales (BG-24), identificados con valores de la lista L10: uno con el tipo, RECT:TIPO, con un código de R1 a R4 de la lista L2.A, y otro con la modalidad, RECT:MODALIDAD, con I por diferencias o S por sustitución, de la L2.B, cada uno con su código en cbc:DocumentTypeCode (filas BT-3, BT-ES-27 y BT-ES-28). Si en una sustitución se emite una sola factura con los importes correctos, añade los importes rectificados, RECT:IMPORTES, cada uno con Base, Cuota o CuotaRecargo de la L2.C y el importe en su descripción (BT-ES-29 y BT-123). Que falte cualquiera de esas cosas, o que sobre un documento, es un error. Cuántos importes caben lo dice la orden de dos formas: hasta tres grupos en la fila BT-3 y cinco en el grupo. La AEAT contestó el 13-10-2026 que el grupo pasa a 0..1, y en el ejemplo que mandó ese día lleva uno por código de L2.C. Más de cinco es un error, y un código repetido, un aviso. Los importes con la modalidad I son un aviso, porque el grupo es para la sustitución. Sale como nota cuando la modalidad es S y no trae los importes: la orden solo los pide si se optó por una única factura, y eso no se ve. Que la cifra de cada importe sea la buena no se comprueba. La extensión de rectificativas del borrador de abril ya no vale. El QR y la autorización (QR y AUT) también son de L10, pero no dicen qué se rectifica.
Sale con más de una gravedad según el caso, y eso no es un descuido: el mismo hecho vale distinto según con qué esté probado.
- De dónde viene
- Anexo I: el contenido mínimo de las facturas de la solución pública: el anexo I de la Orden HAC/1028/2026
- Lo escribe
validador/solucion_publica.py:1266- Puede salir como
- error, aviso, nota